El Seguro Obligatorio  es un seguro exigido por la ley,que debe ser contratado por el propietario de un vehículo motorizado,remolque,acoplado y casa rodante al momento de adquirir su permiso de circulación.

     Cubre los gasto de hospitalización o atención médica,quirúrgica,farmaceútica y dental,o de reabilitación.En caso de invalidez o muerte indemniza al afectado o a los beneficiarios,según corresponda.

     El plazo para recibir el beneficio es de 10 días contados desde la recepción de los antecedente,pudiendo extenderse hasta 30 días.

     Cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP)

· Muerte………………………………………………………………….300UF
· Incapacidad Permanente Total…………………………..300UF
· Incapacidad Permanente Parcial……………..hasta 200UF
· Gastos Médicos y Hospitalización……………hasta 300UF

     Casos en que no opera

· Accidentes causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
· Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
· Accidentes ocurridas como consecuencia de casos fortuitos enteramente extrañas a la circulación del vehículo.
· Suicidio y todo tipo de lesiones autoinferidas.

     Beneficiarios en caso de muerte en orden de procedencia
1º El cónyuge sobreviviente.
2º Los hijos menores de edad.
3º Los padres.
4º La madres de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido.
5º A falta de las personas antes indicadas la indemnización corresponderá a quien acredite la calidad de heredero.

     Plazo para reclamar los beneficios
· Regla general : Un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte del accidentado esgún el caso.
· Incapacidad permanente: Un año desde la fecha de emisión del certificado mëdico,el cual no podrá presentarse luego de dos años desde la fecha del accidentes.

     Qué hacer en caso de accidente
· Dejar  constancia inmediatamente del accidente en la unidad de Carabineros más cercana.· Solicitar Certificado del accidente al tribunal competente o ministerio público.· Informar a la aseguradora.
· Presentar a la aseguradora  el Certificado del Accidente,los documentos que acrediten la muerte ,la incapacidad permanente  o los gastos médicos u hospitalarios y los documentos que acrediten su calidad de beneficiario.

PARA MAYOR INFORMACIÓN  WWW.SVS.CL PÁGINA DEL ASEGURADO FONO: 600 47 38 000 –WWW.CONASET.CL FONO: 467 75 00